Esquema de la Asociación y Bases políticas para la Democracia Participativa

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Índice

1. Esquema de la asociación DP

1.1 Áreas de actuación

1.2 Foro de conocimiento colectivo

1.3 Financiació nde la asociación

1.4 Relación con otras asociaciones

 

2. Ofrecimiento de DP para ser el punto de encuentro entre varias formaciones políticas para las EG2012. Mínimos exigibles

2.1 Definición del punto de encuentro: la coalición

2.2 Sobre el uso de la herramienta política de DP, PARTICIPA

2.3 Sobre la base participativa

2.4 Iniciativa política

2.5 Procedimientos

        2.5.1 Las propuestas:

                2.5.2 Toma de decisiones

        2.6 Sobre la financiación para la estructura de la coalición

 

3. Documento a firmar por cada candidato

 

1. Esquema Asociación Democracia Participativa (DP):

Sus integrantes son personas físicas que se comprometen con el desarrollo democrático de las instituciones. No se vinculará a ningún colectivo con exclusividad, ni social ni político, ya que en su seno cabe la discusión acerca de todos los temas sociales con integración de todas las posiciones.

Apoyará la actividad de las asociaciones sociales y políticas que cumplan los requisitos que DP exija para prestar su apoyo.

Su idea de democracia participativa tiene como mínimos el manifiesto por la Democracia Participativa. 

 

1.1 Áreas de actuación

Social

  1.  Difusión de la idea de DP entre las entidades de sectores como educación, cultura, dependencia, sanidad, mediante propuestas concretas de colaboración (por ejemplo llevar al diálogo político los informes de las asociaciones profesionales en los temas candentes de sanidad y educación, y promover su participación directa en las instituciones)
  2. Promoción de actuaciones sociales que puedan llevar a la modificación de las leyes, o de situaciones de indefensión de los ciudadanos, por ejemplo apoyo a la PAH.
  3. Formación de los ciudadanos en las herramientas de participación digitales, DNIe, Internet, etc...

 

Administrativa

Defensa de los intereses ciudadanos frente al Estado. Consejos sobre la forma de usar las herramientas de participación, recurso y queja ya existentes.

Política

Profundización en la calidad democrática de las instituciones. Para ello dispone de una herramienta política propia, el Partido Participa, al que podrá dar forma inicial como su base prefiera en atención a sus fines específicos.

Podrá dejarla inactiva si diversas formaciones políticas a las que DP apoye se comprometen a los mínimos participativos que DP considere necesarios, y de esta manera su actuación política no sea necesaria.

 

1.2 Foro de conocimiento colectivo:

DP hará el trabajo de reunir información contradictoria acerca de los problemas sociales y de dirección política de actualidad, recogerá la opinión de los diversos sectores sociales sociales acerca de los mismos temas, a fin de promover la buena información ciudadana, y desaconsejará la lectura de “prensa para convencidos”, proporcionando un sistema de fuentes del que pueda contrastarse el origen y la solvencia técnica.

Distinguirá claramente que artículos son de opinión y cuales tienen solvencia técnica o informativa.

Tendrá también espacios para que sus integrantes puedan crear contenidos, publicará colectivamente un repositorio de experiencias participativas, políticas, etc.

 

1.3 Financiación de la asociación

La asociación se financiará a través de donaciones. No se impondrá cuota de asociación, porque el acceso a la democracia participativa debe ser libre y gratuito. Se propondrá un cuota participativa no imperativa para el buen funcionamiento de la asociación.

Todas las las donaciones realizadas quedarán reflejadas y se podrán acceder los datos a ser posible vía web, manteniendo el anonimato del donante, y reflejando el uso final que se les dé.

 

1.4 Relación con otras asociaciones

DP apoyará y promocionará todas las actividades de las asociaciones políticas y sociales que considere que cumplen con el manifiesto por la Democracia Participativa, y con las condiciones que garanticen la circulación de la buena información y los procedimientos de voto informados y reflexivos, en atención a los mínimos que DP establece.

 

2. Ofrecimiento de DP para ser el punto de encuentro entre varias formaciones políticas para las EG2012. Mínimos exigibles

 

DP apoyará una coalición nacional de partidos políticos en estas condiciones:

 

2.1 Definición del punto de encuentro: la coalición

  1. Coalición: agrupación política temporal que se creará para los comicios que se celebren. El ámbito de los pactos de la coalición será nacional, y su formalización frente a las Juntas Electoreles será provincial, en atención a los partidos que tengan actividad en cada provincia, coordinándose entre ellos mediante equipos de coordinación inter-partidos participantes de cada coalición (mínimo un representante por partido) y, a nivel nacional, por un equipo de coordinación nacional formado por los participantes en los equipos provinciales.
  2. Las coaliciones se realizarán en las provincias dónde exista más de un partido. El nombre en las papeletas tendrá la forma "Nombre Partidos Coalicionados - Democracia Participativa". Si sólo hay un partido en la provincia, con capacidad para llevar la campaña, se le aplicará la misma norma en cuanto al nombre en las papeletas, añadiéndose "Democracia Participativa" detrás / O se decidirá un nombre o marca común para la coalición.
  3. En caso de concurrir demasiados partidos en una provincia o cuyos nombres sean demasiado largos, se deja a la voluntad de los partidos decidir qué nombre (o combinación de nombres) se usará, siempre respetando el sufijo "Democracia Participativa".
  4. Se podrá optar por usar solamente el sufijo, siempre cuando sea consensuado. Todas las decisiones de cada coalición deberán ser apoyadas por sus bases. Se informarán de las decisiones en las coaliciones en el equipo de coordinación, tanto antes de ponerse a votación cómo después, con su resultado. Esto se hace para fomentar la inteligencia colectiva y compartir información e ideas.
  5. Los partidos coalicionados crearán su equipo de coordinación correspondiente, que hará de enlace entre ellos y formará parte del equipo nacional. Desde la asociación se facilitarán los canales adecuados para la coordinación.
  6. El equipo nacional no es un órgano de decisión. La base participativa es el órgano de decisión por lo que se refiere a la actividad política de los cargos electos, y en lo que afecte esencialmente al pacto coalicional. Entendemos por esencial cualquier cosa que afecte a su naturaleza.
  7. Se designarán responsables que tomen las decisiones de administración diaria de la plataforma en quienes la base participativa delegará esas tareas, el puesto se proveerá de forma rotativa.
  8. El procedimiento de formación de las listas será el de listas abiertas, los candidatos podrán votarse por toda la base participativa.

 

2.2 Sobre el uso de la herramienta política de DP, PARTICIPA

  1. El partido caja se usará allí dónde haya suficiente gente asociada para impulsar una candidatura. No es requisito que todos los participantes en ese grupo sean asociados, pero sí lo es para los impulsores.
  2. Desde la asociación se proporcionará toda la información y experiencia acumulada de anteriores elecciones para simplificar el proceso, siendo recopilada en un repositorio de conocimiento público, libre y común.
  3. El partido caja no podrá presentar candidatura en municipios, autonomías y provincias dónde ya hayan coaliciones. Se fomentará la inclusión de las personas interesadas en las listas de las coaliciones, consensuando su sitio en las listas entre los implicados. Los partidos se comprometen a respetar la independencia de los candidatos que no estén integrados en su partido.
  4. El partido caja dependerá totalmente de la asociación y las bases de la misma, ya que es una herramienta de la misma, no un partido independiente y asociado. En las bases de la asociación estarán incluidos los afiliados de PARTICIPA.

 

2.3 Sobre la base participativa:

  1. La base de participación para cualquier representación política nacional que se obtenga en cualquier provincia será la base estatal de las formaciones del pacto coalicional. La formación provincial de las coaliciones lo será solo a efectos prácticos electorales.
  2. Todas las formaciones políticas conservarán su ideario y lo defenderán en los debates, pero NO será posible su imposición, ni la imposición de sus límites a la base participativa de DP.
  3. Como marco legal e institucional usaremos de referente el marco constitucional ya existente y la tradición de derechos sociales y fundamentales europea e internacional. Las eventuales modificaciones de la CE y de la LOREG, y demás leyes, son irrelevantes porque se propondrán las que la base del grupo decida que prosperen. Sin predefinir. Será la base participativa la que decida si hay que modificar la ley electoral o la constitución, y no los grupos políticos.
  4. La base participiativa podrá ampliarse por acuerdo por mayoría simple de la misma

 

2.4 Iniciativa política

  1. Los miembros de la base de participación nacional podrán ejercer la iniciativa política individualmente de la manera en que se determine en el pacto coalicional, mediante un sistema de recogida de propuestas ciudadanas, que podrán votarse para que la base de participación decida si prosperan o no. Una vez prosperen deberán articularse técnicamente. Los cargos electos pondrán a disposición de la base participativa los recursos públicos de los que puedan disponer.
  2. Los grupos políticos tendrán la facultad de la iniciativa política en el marco de la coalición estatal, y propondrán cuantas modificaciones y actuaciones consideren necesarias según su ideario. Esas propuestas deberán ser ratificadas por sus bases y no necesitaran filtro previo para su proposición ante la base de participación nacional. Existirá para ellos un procedimiento especial de elaboración de propuestas.
  3. Los cargos electos tendrán la misma iniciativa política que los partidos políticos. Existirá para ellos un procedimiento especial de elaboración de propuestas.

 

2.5 Procedimientos

  1. A efectos de que en todas las provincias existan los mismo pactos y condiciones, se establecerán procedimientos comunes en todas las formaciones, digitales y analógicos. Se examinarán los ya existentes para ver si pueden considerarse comunes aunque no sean idénticos. En todo caso el sistema de plazos tiene que ser idéntico, para facilitar la toma de decisiones. Los procedimientos comunes serán sobre :
  • difusión de la información
  • elaboración de las propuestas
  • votación de las propuestas
  • publicación de sus balances económicos
  1. Ningún partido podrá formar parte de la coalición si no los adopta.
  2. Cada partido será responsable de llevar a cabo el procedimiento con su base, DP con la suya, y los resultados se publicarán a fin de que la coordinación nacional pueda sacar el resultado general.
  3. La asociación, dentro del ámbito de sus objetivos, realizará un control a candidatos y cargos electos de los partidos asociados. Por esto, ninguna persona o partido podrá abandonar DP si está en posesión de algún cargo público. Para darse de baja, en este caso, deberá renunciar a su cargo y deberá ser reemplazado en la forma legalmente prevista, el nuevo representante deberá firmar los mismos pactos.

 

2.5.1 Las propuestas:

  1. Las propuestas ciudadanas podrán ser livianas, consistentes principalmente en objetivos deseables, como las descritas en el procedimiento de DP, o las que se llevan a cabo en los diversos sistemas de participación ya existentes. Estas propuestas se tecnificarán tras su aprobación, por los cargos electos, por los partidos, o por entidades asociativas idependientes. Desde DP se promocionará la contradicción técnica sobre todas las materias en que sea posible.
  2. Para avalar técnicamente una propuesta podrá usarse material técnico divulgativo propio o perteneciente a cualquier asociación o persona que lo haya hecho publico para su conocimiento por el público general. El aval técnico deberá  contener necesariamente argumentos a favor y en contra.
  3. Las propuestas de los partidos políticos o los cargos electos seguirán una estructura más rígida y solvente en atención a su privilegio, ya que serán votadas sin filtro previo. Como mínimo se estructurarán de la siguiente forma:

 

Exposición del proyecto por parte del cargo electo/partido políitico siguiendo documento tipo, parecido a los concursos públicos. Un modelo simple para proyectos poco complejos, uno más completo para proyectos de gran envergadura. Que consistirá en:

 

  1. Descripción corta del proyecto: clara, concisa, una o dos líneas. Ej. “construcción de un puerto deportivo que dinamice la zona litoral”.
  2. Memoria explicativa del proyecto:en que se explique de forma llana en qué consistirá y la exposición de motivos para llevarlo a cabo.
  3. Costes / Beneficios: económicos, sociales etc.
  4. Pros / Contras: establecimiento de argumentos a favor y en contra del proyecto, en atención a la necesidad de contrastar la información (pros económicos, contras   medioambientales, etc.)
  5. Memoria técnica de proyecto: con pleno desarrollo para público cualificados.
  6. Sesión informativa en alguna sala/medio telemático habilitado a tal efecto cuando proceda por su complejidad

 

2.5.2 Toma de decisiones

  1. Las decisiones se tomarán cumpliendo lo establecido para las propuestas y según la versión definitiva de este procedimiento. el procedimiento deberá revisarse en cuanto a forma, estructura de plazos, atendiendo a las circunstancias especiales de las decisiones que debe tomar un diputado, antes o después de las elecciones: http://www.democraciaparticipativa.es/contenido/procedimiento-oficial-de-las-propuestas-y-modificaciones-de-propuestas
  2. Partiendo del mismo principio de democracia líquida, las votaciones correspondientes se realizarán de la siguiente manera:
  3. Los miembros de DP que no estén afiliados a un partido, votarán usando el sistema que implemente DP.
  4. Los afiliados de partidos asociados votarán usando los sistemas de sus partidos.
  5. Un requisito obligatorio será que dichos sistemas sean públicos y verificables, además de contar con tres tipos de voto: a favor, en contra y en blanco. Se contabilizará la abstención, estableciendo un quorum de participación (aún por determinar). Ningún partido participará en DP sin este requisito.
  6. Los votos emitidos se sumarán,  independientemente de donde procedan. Es decir, una persona, un voto. Los partidos actúan como delegados.

 

De la versión oficial de este procedimiento y futuras modificaciones

De lo que se oficialice finalmente, su validación deberá pasar por el procedimiento de toma de decisiones, y su modificación requerirá de mayoría reforzada de dos tercias partes de los miembros de la plataforma, siguiendo el procedimiento de votación especificado anteriormente, en dos votaciones con dos meses de diferencia.

 

2.6 Sobre la financiación para la estructura de la coalición

Los recursos comunes de la plataforma serán sufragados por la misma, con aportaciones voluntarias monetarias o en especie de los partidos y personas físicas.

Las campañas de todos los partidos serán iguales, contarán con las mismas herramientas y se financiarán por todos los integrantes por igual, de la manera establecida. se elaborará un presupuesto que se ratificará por las bases y se pedirá la colaboración de todos los integrantes. Se elaborarán materiales preferentemente usables por todos los integrantes. Agudizaremos el ingenio, y parte de nuestra campaña será la defensa de que no hacen falta grandes inversiones para que las ideas se hagan grandes.

El dinero obtenido del estado por representación política corresponde al fondo común de todos los partidos integrantes, y se destinará a las herramientas comunes.

Los partidos deberán respetar la máxima de la transparencia y publicar sus balances a final de año, con facturas y toda la documentación necesaria. Se preferirá una publicación con datos que se puedan procesar (open data), pero el formato es lo de menos. Lo importante es el acceso libre.

 

3. Documento a firmar por cada candidato

Objetivo: formalizar un quasi-contrato tipo para los candidatos de todas las provincias que les comprometa a las mismas cosas, y ya que la elecciones son generales que integre a todos los habitantes de las distintas provincias de la misma manera.

De esta manera podremos ofrecer el sistema de listas abiertas, porque se presente quien se presente estará sometido a los mismos pactos. El pacto versará solamente en materia de tomas de decisiones, siendo los mínimos ideológicos de los diferentes partidos irrelevantes, centrándose en los valores de profundizar en la estructura democrática de la toma de decisiones.

Como ya hemos dicho antes, usaremos de referente el marco constitucional ya existente y la tradición de derechos sociales y fundamentales europea e internacional. Las eventuales modificaciones de la CE y de la LOREG son irrelevantes porque se propondrán las que la base del grupo decida. Sin predefinir. Será la base participativa la que decida si hay que modificar la ley electoral o la constitución, y no los grupos políticos

A efectos de poder exigir responsabilidades a los cargos electos tenemos que tener claros cuáles son sus compromisos y cuáles son las consecuencias de sus incumplimientos. Por ello los sistemas de circulación de la información y de decisión deben ser iguales en sus mínimos. Para establecer las mismas sanciones en caso de incumplimiento.

Cada candidato firmará un documento privado comprometiéndose con los mínimos para el pacto nacional con formación de coaliciones provinciales, que también se incluirá en su declaración ante la junta electoral, y con estos compromisos específicos:

  1.  Emitir los votos en el congreso/senado tras la consulta con las base participativa según el procedimiento establecido
  • Indemnización: por cada incumplimiento XX eur. Si técnicamente no fuera posible, el diputado/senador (hay que decidir) 
    • se abstendrá
    • votará tras consulta por procedimiento informal
    • votará según su propia conciencia.
    • Informará posteriormente de las razones por las cuales no pudo tramitar la consulta.
  1. Hacer circular la información necesaria para el voto informado de los asuntos según el procedimiento establecido, en los plazos señalados, cuando no  contravenga las leyes.
  • Se establecerán guardias por parte de DP y de los partidos coalicionados para garantizar el correcto funcionamiento de todos los procedimientos de consulta.
  1. Cuando alguno de los compromisos con sus electores contravenga las leyes, informará sobre qué materias no puede hacer públicas, y cuáles son las leyes vulneradas. Hará pública la parte que pueda, y un resumen o explicación somera y divulgativa sobre la que no pueda publicar con detalle.
  2. Hacer pública toda la actividad relativa a su cargo público que no contravenga las leyes, informar diariamente sobre las actuaciones y decisiones de diarias del cargo, de manera que cualquier elector pueda hacerse una idea fiel de la actividad del cargo y de lo que su actividad diaria representa.
  3. Someter a votación o procedimientos participativos todas las decisiones en que el cargo se vea implicado fuera del congreso cuando sea viable, mediante los medios consensuados. Fomentar la contradicción técnica de los asuntos relevantes en materia económica, medioambiental, laboral etc...
  4. Suministrar información a las entidades asociativas que la soliciten cuando no contravenga las leyes
  5. Compromiso de no practicar el transfuguismo. Su voto y sus pactos parlamentarios se deben a la base de DP,
  • Indemnización: la indemnización inicial por transfuguismo es de XX euros. Por cada mes que se permanezca en la situación de tránsfuga XX eur más.
  1. Compromiso de dimitir del cargo si la base participativa le retira su confianza por mayoría cualificada.
  • Indemnización: la indemnización inicial por no dimisión es de XX euros. Por cada mes que se permanezca en el cargo XX eur más.

 

 

Las indemnizaciones serán deudas vencidas y exigibles desde el momento de comisión de las conductas para las que se preveen.

 

***

 

Debe redactarse un contrato bien estructurados para cada candidato, que se hará publico y aceptará por todos, y se incluirá en la hoja de aceptación ante las juntas electorales.